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Términos y Condiciones De Didactiktoys.com

DERECHO DE RETRACTO

De acuerdo con El Estatuto del Consumidor, Ley 1480 de 2011, Artículo 47, se determina el derecho de retracto que tiene el comprador de un bien o servicio, en determinados casos o instancias especiales.

Por consiguiente, cuando las ventas son efectuadas a través de nuestro canal de comercio electrónico, WWW.DIDACTIKTOYS.COM, considerado este un método a distancia o no tradicional, el consumidor tiene derecho a solicitar, en un término de cinco (5) días siguientes a la compra, la devolución de la totalidad del dinero pagado con la consecuente devolución del producto adquirido.

Para ejercer el derecho de retracto, el consumidor deberá:
• Devolver el producto por los mismos medios y en las mismas condiciones en que lo recibió, sin indicaciones de uso o novedades no reportadas durante la entrega. Esto incluye accesorios, empaques originales, manuales y etiquetas.
• Asumir los costos de transporte y los demás que conlleve la devolución del bien.
• Presentar la factura de compra, original, en la que se demuestre que el producto fue comprado a través de WWW.DIDACTIKTOYS.COM

DIDACTIKTOYS.COM ha dispuesto de los siguientes canales para ejercer el Derecho de Retracto:
• Dirección de correo electrónico, info@didactiktoys.com
• Línea telefónica de servicio al cliente, 3053898923

La devolución del dinero al consumidor se hará dentro de los treinta (30) días calendario desde el momento en que ejerció el derecho, a través del mismo medio utilizado para la compra. 

Es importante tener en cuenta que, de acuerdo con la Ley 1480 de 2011, se exceptúan del derecho de retracto, los siguientes casos:
1. En los contratos de prestación de servicios cuya prestación haya comenzado con el acuerdo del consumidor;
2. En los contratos de suministro de bienes o servicios cuyo precio esté sujeto a fluctuaciones de coeficientes del mercado financiero que el productor no pueda controlar;
3. En los contratos de suministro de bienes confeccionados conforme a las especificaciones del consumidor o claramente personalizados;
4. En los contratos de suministro de bienes que, por su naturaleza, no puedan ser devueltos o puedan deteriorarse o caducar con rapidez;
5. En los contratos de servicios de apuestas y loterías;
6. En los contratos de adquisición de bienes perecederos;
7. En los contratos de adquisición de bienes de uso personal.

Consulte el contenido completo de la Ley 1480 de 2011 en https://www.secretariasenado.gov.co/senado/basedoc/ley_1480_2011.html